Consejos parroquiales
Consejo Pastoral y Económico de la parroquia

- Consejo Pastoral
- Consejo de Asuntos Económicos
Si es oportuno, a juicio del Obispo diocesano, oído el consejo presbiteral, se constituirá en cada parroquia un consejo pastoral, que preside el párroco y en el cual los fieles, junto con aquellos que participan por su oficio en la cura pastoral de la parroquia, presten su colaboración para el fomento de la actividad pastoral.
(Código de Derecho Canónico can. 536, §1)
El Consejo Parroquial de Pastoral es un organismo formado por sacerdotes, diáconos, religiosos, religiosas y sobre todo laicos, cuya misión es potenciar la corresponsabilidad y participación de todo el Pueblo de Dios en el cumplimiento de la misión de la Iglesia, dentro del ámbito parroquial, en estrecha comunión con el párroco que lo preside.
El Consejo Parroquial de Pastoral es el lugar de encuentro, diálogo e intercomunicación con los diversos miembros, grupos y movimientos que componen la Comunidad Parroquial.
(Estatutos Consejo Parroquial de Pastoral)
En toda parroquia ha de haber un consejo de asuntos económicos que se rige, además de por el derecho universal, por las normas que haya establecido el Obispo diocesano, y en el cual los fieles, elegidos según esas normas, prestan su ayuda al párroco en la administración de los bienes de la parroquia, sin perjuicio de lo que prescribe el c. 532.
(Código de Derecho Canónico can. 537)
La Iglesia de Cristo, reunión visible y comunidad espiritual, está constituida y ordenada como una sociedad visible, que necesita para cumplir su misión de recursos humanos a fin de comunicar a los hombres los frutos de la salvación.
(LG 8; GS 76)
Miembros
Consejos parroquiales
Consejo pastoral
Presidente: | Rvdo. Sr. D. Antonio Jiménez Amor (párroco) |
Vicepresidente: | D. Fulgencio Garijo Prior |
Consejo de Asuntos Económicos
Presidente: | Rvdo. Sr. D. Antonio Jiménez Amor |
Vicepresidente: | D. Pedro Manzanares Sánchez |
Tesorero: | D. José Menárguez Olmedo |
Secretario: | D. Luis Fuster Gómez |